Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 910/00-R
Fecha: 02-Oct-2000
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso de acuerdo con la opinión Fiscal, declara procedente el Hábeas Corpus, con el fundamento de “...que la Abogada demandante en ejercicio profesional y cumpliendo el mandato elaboró la minuta de 4 de septiembre de 1998, obrando dentro la relación abogado-cliente, situación que amerita el cumplimiento del Art. 43 de la Ley de la Abogacía.”