SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 912/00-R
Fecha: 02-Oct-2000
3.
3. Que, la medida cautelar fue incumplida por “American Airlines” Inc. enviando oficios a las diferentes Agencias de Viajes en forma sucesiva, por lo que, en primera instancia, el Juez resolvió multarla con Bs.1000.- resolución que fue apelada por la línea aérea, habiendo sido confirmada en apelación. Posteriormente fue sancionada con una suma de Bs.2000.- fallo que fue apelado por la demandada como por la parte actora, empero ésta última dejó vencer el término para proveer los recaudos de Ley, encontrándose para resolver únicamente la apelación presentada por la demandada, por lo que ante una nueva denuncia de incumplimiento y la solicitud de imponer una nueva, el Juez recurrido el 8 de junio de 2000 decreta que resolverá la petición cuando se resuelva el recurso de apelación pendiente, resolución que no es apelada por la demandante.
Que, ante otra denuncia de incumplimiento el 27 de julio de 2000, la autoridad recurrida resuelve conminando a la línea aérea cumplir con la orden de no innovar, disponiendo se restituyan las placas de acreditación a las Agencias en las que se hubiera retirado y se abstenga de continuar con las demás, bajo prevenciones de sanciones pecuniarias, decreto contra el cual se pide reposición bajo alternativa de apelación por “American Airlines” Inc.