SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 927/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 927/00-R

Fecha: 06-Oct-2000

no podía ni puede ser cumplida al no existir el requisito previo e inexcusable de su declaración en comisión,

Que en consecuencia, la orden de reincorporación del recurrente no podía ni puede ser cumplida al no existir el requisito previo e inexcusable de su declaración en comisión, de lo que se infiere que la autoridad recurrida al no haber dado curso a la nota del Ministerio de Salud, no ha cometido ningún acto ilegal que atente contra el derecho al trabajo del recurrente, quien en todo caso tiene la vía expedita para tramitar ante las autoridades correspondientes un nuevo ítem y conseguir en su caso su reincorporación al SEDES.