SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 943/00-R
Fecha: 13-Oct-2000
1.
1. Realizada la audiencia en 15 de septiembre de 2000, según consta en el acta de fs. 26-28, el abogado y apoderado del recurrente, autoriza el co- patrocinio de dos abogados quienes amplían la fundamentación del Recurso manifestando que hicieron conocer al Juez recurrido que no se podía emitir mandamientos de aprehensión contra los accionistas, dictando el Juez un segundo Auto a fs. 196 manteniendo vigente el mandamiento de apremio sólo contra el recurrente, con el argumento de que existe un acuerdo transaccional en el que éste asume la responsabilidad del acuerdo transaccional de fs. 78 (expediente original), aclarando que por Resolución N° 13/2000 la Corte determina la apelación, que dicho acuerdo no genera responsabilidad laboral sobre su representado José Riveros Fernández, por lo que solicita se declare procedente el Recurso y se deje sin efecto el ilegal apremio.