SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 950/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 950/00-R

Fecha: 16-Oct-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Sentencia venida en revisión corriente de fs. 101 a 102 de obrados, pronunciada el 7 de septiembre de 2000 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba y declara PROCEDENTE el Recurso planteado, disponiendo la nulidad de obrados hasta el estado de que los representados sean notificados con el requerimiento fiscal emitido en el recurso de apelación conocido por los recurridos.  Asimismo, ordena que el citado Tribunal proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI de la Ley  Nº 1836.