Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 964/00-R
Fecha: 13-Oct-2000
2.
2. Por su parte el recurrido, a través de su abogado manifiesta que por decisión de todos los socios de la Línea de Transporte de Microbuses “S”, en Asamblea que es soberana, suspendieron el servicio de una de los vehículos del recurrente por ser doble herramienta de trabajo, sin haberse violado ningún derecho constitucional, por lo que pide se declare improcedente el Recurso de Amparo, ya que de lo contrario se estaría fomentando el monopolio, atentando el art. 134 de la Constitución Política del Estado.