Corresponde a la Sentencia Constitucional N° 1116/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Corresponde a la Sentencia Constitucional N° 1116/00-R

Fecha: 24-Nov-2000

improcedente

La Resolución de fs. 25 declara improcedente el Recurso con los siguientes  fundamentos: a) Que “el art. 96-3) de la Ley No. 1836 determina la improcedencia del Recurso de Amparo Constitucional contra las resoluciones judiciales”, y b) Que es improcedente pretender la revisión de un Auto “pronunciado en un proceso penal que ha seguido todo su curso en todas las instancias previstas por el Procedimiento Penal y al  presente tiene la calidad de ejecutoria y cosa juzgada”.