Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1022/00-R
Fecha: 03-Nov-2000
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del Art. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836 REVOCA EN PARTE la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso respecto al co-recurrido Sof. Adm. Víctor Gutiérrez Guarayo, Investigador asignado al caso e IMPROCEDENTE con relación a los demás, sin ordenar la libertad del recurrente por encontrarse a disposición de autoridad competente. Asimismo, condena al demandado al pago de daños y perjuicios en favor del recurrente, que serán calificados por el Juez de Hábeas Corpus, de conformidad con el art. 91-VI de la Ley N° 1836.