Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1029/00-R
Fecha: 07-Nov-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102.V de la Ley No. 1836, REVOCA la Sentencia corriente de fs. 137 a 138 y vta. de obrados, dictada el 28 de septiembre de 2000 por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca y declara IMPROCEDENTE el Recurso planteado, disponiendo que dicho Tribunal proceda conforme al art. 102.III de la Ley No. 1836.