Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1097/00-R
Fecha: 21-Nov-2000
1.
1. Efectuada la audiencia en 7 de octubre de 2000, tal como se evidencia en el acta de fs. 79-81, el abogado del recurrente ratifica los términos de su demanda, añadiendo que la noche del 9 de junio de este año se redactó un acta de compromiso para destituir al recurrente de sus funciones de Presidente del Concejo, incurriéndose en el cuoteo de los demás cargos subalternos, por lo que pide se declare procedente el Recurso de Amparo Constitucional y se declare nula y sin efecto legal el acta de reestructuración de 30 de junio de 2000.