Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1101/00-R
Fecha: 22-Nov-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102.V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Sentencia corriente de fs. 221 a 222 y vta. de obrados, dictada el 18 de octubre de 2000, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, disponiendo que dicho Tribunal imponga las costas y multa al recurrente conforme al art. 102.III de la Ley Nº 1836.