Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1140/00-R
Fecha: 01-Dic-2000
3.
3. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Amparo en virtud de los antecedentes expuestos, dicta Sentencia a fs. 40-41 declarando improcedente el Recurso planteado con el fundamento de que, tanto la Sentencia como el Auto de Vista del proceso ejecutivo social, se hallan plenamente ejecutoriados conforme dispone el art. 515 del Código de Procedimiento Civil y que el recurrente, como litigante perdidoso está haciendo uso y abuso del Recurso de Amparo Constitucional pretendiendo atacar la cosa juzgada que es una verdad irreversible, habiéndose sujetado las autoridades recurridas a la Ley.