SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1146/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1146/2000-R

Fecha: 01-Dic-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts.94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 31 a 32 pronunciada el 7 de noviembre de 2000 por la Jueza Segunda de Partido de Guayaramerín, sin lugar a la libertad del recurrente por encontrarse bajo jurisdicción de autoridad competente. El Tribunal de Hábeas Corpus debe proceder a la calificación de los daños y perjuicios de conformidad a lo establecido en el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.