Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1174/2000 - R
Fecha: 14-Dic-2000
1.
1. En su demanda de 17 de noviembre del año en curso (fs. 2), el recurrente expresa que guarda detención por más de 48 horas como consecuencia de que el 15 de noviembre rompió el parabrisas de un vehículo cuyo conductor le amenazó con atropellarlo, reaccionando en legítima defensa, por lo que fue detenido en la Policía. Indica que suscribió, de común acuerdo entre partes, un documento privado transaccional en el que se comprometió a reparar el daño causado, presentando una copia del mismo a la Policía; empero, su detención continúa contraviniendo lo dispuesto por los arts. 226 y 227 del nuevo Código de Procedimiento Penal.