Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1236/00-R
Fecha: 21-Dic-2000
procedente
La Resolución de fs. 272, dictada el 3 de noviembre, declara procedente el Recurso, con el fundamento de que el recurrente ha sido suspendido sin que exista en su contra Auto de Procesamiento Ejecutoriado conforme lo establece el art. 48 de la Ley N° 2028, y no haber denunciado los hechos irregulares a las autoridades fiscales para la aplicación de la Ley N° 1178, siendo facultad privativa del Contralor General de la República recomendar la suspensión o destitución del Ejecutivo (sic.).