1. Que Lourdes Flores de Valencia, en su demanda de Fs. 15, manifiesta que mediante escritura Nº 1634/99 suscrita ante la Notaría de Fe Pública del Dr. Jorge Chávez Chávez, el Banco Unión S.A. en representación del Fondo Nacional de Vivienda Social
Fecha: 16-Feb-2000
CONSIDERANDO
1. Que Lourdes Flores de Valencia, en su demanda de Fs. 15, manifiesta que mediante escritura Nº 1634/99 suscrita ante la Notaría de Fe Pública del Dr. Jorge Chávez Chávez, el Banco Unión S.A. en representación del Fondo Nacional de Vivienda Social (FONVIS) en liquidación, le ha transferido el lote de terreno Nº 1 con una superficie de 487.97 metros cuadrados, situado en la zona Sur, Unidad Vecinal U.V. 100-A, manzano Nº 5 de Santa Cruz, que se desprende de uno de mayor extensión, inscrito bajo la partida computarizada Nº 010383204 en 15 de febrero de 1999, en el Registro de Derechos Reales.
Que la recurrente reclama que Blanca Vargas Bruno, con domicilio ubicado en Avenida Mutualista calle Bague Nº 42, segunda casa Nº 3799, de Santa Cruz, sin derecho alguno había alambrado todo el lote y le ha impedido el ingreso al mismo, lo que constituye no sólo un acto ilegal, sino un atropello a su legítimo derecho de propiedad, consagrado por la Carta Magna y las leyes de la República, a más de haber sido suprimidos sus derechos y garantías constitucionales, pues el 26 de diciembre de 1999, a horas cinco con treinta minutos aproximadamente, con una turba de gente, le quitaron a su esposo el título de propiedad y les amenazaron de palabra y de hecho. Siendo la nombrada Blanca Vargas Bruno autora y promotora de estos actos ilegales y omisiones indebidas que restringen y amenazan restringir y suprimir los derechos y garantías constitucionales de la familia de la recurrente, de conformidad al Art. 19 con referencia al Art. 7, incs. a) y j) de la Constitución Política del Estado, pide se le otorgue el Amparo Constitucional, declarándolo procedente, con costas y multa de ley por tratarse de loteadores usurpadores.
1. Que, la recurrente, Lourdes Flores de Valencia, es propietaria del lote de terreno Nº1, con la extensión de 487.97 metros cuadrados, ubicado en la zona Sur, U.V. 100-A. manzano 5, lote Nº 1, de la ciudad de Santa Cruz, que se desprende de uno de mayor extensión, inscrito bajo la partida computarizada Nº 010383204 de Derechos Reales.