1. Que Lourdes Flores de Valencia, en su demanda de Fs. 15, manifiesta que mediante escritura Nº 1634/99 suscrita ante la Notaría de Fe Pública del Dr. Jorge Chávez Chávez, el Banco Unión S.A. en representación del Fondo Nacional de Vivienda Social
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1. Que Lourdes Flores de Valencia, en su demanda de Fs. 15, manifiesta que mediante escritura Nº 1634/99 suscrita ante la Notaría de Fe Pública del Dr. Jorge Chávez Chávez, el Banco Unión S.A. en representación del Fondo Nacional de Vivienda Social

Fecha: 16-Feb-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado  y Arts. 102-V y 7 numeral 8 de la Ley 1836, REVOCA  la Resolución saliente a Fs. 33 y 33 vta. de 5 de enero de 2000,  y declara PROCEDENTE el Recurso.