Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
1. Que Lourdes Flores de Valencia, en su demanda de Fs. 15, manifiesta que mediante escritura Nº 1634/99 suscrita ante la Notaría de Fe Pública del Dr. Jorge Chávez Chávez, el Banco Unión S.A. en representación del Fondo Nacional de Vivienda Social
Fecha: 16-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y Arts. 102-V y 7 numeral 8 de la Ley 1836, REVOCA la Resolución saliente a Fs. 33 y 33 vta. de 5 de enero de 2000, y declara PROCEDENTE el Recurso.