SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 121/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 121/2000 - R

Fecha: 11-Feb-2000

Improcedente

Que,  el abogado mediante poder del recurrente, manifestó en la audiencia que tenía conocimiento de que el Agente Fiscal recurrido, como fruto de la presente demanda, recién ha remitido las Diligencias de Policía Judicial en las cuales ha excluido a su patrocinado y representado, por lo que no hay motivo de la presente audiencia, en tal razón plantea el desistimiento de la acción; ante cuya circunstancia el Tribunal de Hábeas Corpus declara Improcedente el recurso, con el argumento de que "con el desistimiento formulado por el apoderado de Raúl Alberto Cladera, ha desaparecido la causal por la cual ha presentado el recurso..."