Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 145/2000-R
Fecha: 21-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836 REVOCA la Resolución de fojas 103 vuelta a 104, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiéndose la devolución inmediata del bien reclamado a la recurrente, y sea con la determinación de los daños y perjuicios previstos en el Art. 102-II de la Ley Nº 1836.