Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 176/2000-R
Fecha: 29-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836 APRUEBA, aunque por razones diferentes, la Resolución de fojas 66 a 69, pronunciada por el Juez de Partido de Uyuni, debiendo aplicarse el Art. 102-III de la Ley Nº 1836.