Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 119/00 - R
Fecha: 11-Feb-2000
procedente
3. Luego de escuchadas las partes y compulsados los datos del proceso, a la conclusión de la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta su fallo declarando procedente el recurso, motivo de esta revisión, conminando a la Jueza recurrida a pronunciarse en el día sobre la libertad provisional impetrada por el recurrente.