SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 159/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 159/2000-R

Fecha: 25-Feb-2000

4.

4.   Que, al haberse negado el beneficio de libertad provisional basándose en estas disposiciones, se incurre  en detención indebida, que requiere una reparación inmediata conforme ha reconocido la uniforme jurisprudencia de este Tribunal, a través de los Autos constitucionales Nos. 214/99, 217/99 y 399/99.