SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 015/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 015/2000

Fecha: 28-Mar-2000

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, el recurrente Pablo Osvaldo Justiniano Vaca interpone Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad del art. 89 numeral II) de la Ley Nº 1836 de primero de abril de 1998, expresando que formuló recurso de Hábeas Corpus en contra de los Dres. Héctor Sandoval Parada y Carlos Rocha Orozco, Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por detención indebida, al haberle negado el beneficio de libertad provisional por retardación de justicia.

CONSIDERANDO: Que, presentado el recurso, es admitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, mediante Auto de 6 de enero de 2000, por reunir      -según la indicada Sala- los requisitos señalados en el art. 30 de la Ley Nº 1836, disponiéndose su remisión al Tribunal Constitucional.