SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 180/2000-R
Fecha: 01-Mar-2000
2.
2. En la audiencia pública realizada el 10.02.00, cuya acta que corre a fs. 7 a 9, el abogado del recurrente ratificó los términos de la demanda y la amplió manifestando que el recurrente presenció los delitos de homicidio y robo perpetrados en el surtidor de gasolina “Los Andes”, ubicado en la carretera La Paz- Desaguadero, y dio parte a Radio Patrullas 110 para pedir auxilio, y posteriormente colaboró en elaborar el identikit de los autores, y pese a ello fue detenido el 20.01.00 por autoridades de la P.T.J. como si se tratara de un encubridor de los hechos descritos. Sostuvo además que luego de remitirlo ante la autoridad judicial competente, ésta el 7 de febrero de 2000 dispuso la devolución de las diligencias de policía judicial para que se complemente la investigación, y finalmente el mismo día de la audiencia de Hábeas, se remitieron los antecedentes ante el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal.