Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 180/2000-R
Fecha: 01-Mar-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución Nº 68/00 de fs. 10 pronunciada el 10 de febrero de 2000 por el Juez de Partido en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el Recurso de Hábeas Corpus; disponiéndose consecuentemente la libertad del detenido recurrente, siempre y cuando la autoridad competente, no hubiera con potestad jurisdiccional asumido competencia plena y definido su situación jurídica. En aplicación del Art. 91-VI, se dispone que el Tribunal de Hábeas Corpus califique los daños y perjuicios.