Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 200/2000-R
Fecha: 02-Mar-2000
Improcedente
Que concluida la audiencia y escuchado el requerimiento fiscal, se dicta la resolución cursante de fs. 37 a 39, que declara Improcedente el recurso, con el fundamento de que la autoridad recurrida al detener al autor de la reclusión de Enrique Darwin Carrasco Santiesteban, de nacionalidad peruana, actuó al amparo de lo dispuesto por el art. 10 de la Constitución Política del Estado, habiendo puesto a disposición de autoridad competente a los detenidos el mismo día de su detención, cumpliendo el plazo señalado por la referida norma constitucional, además de que el Fiscal adscrito a la Policía Técnica Judicial, tuvo conocimiento de la investigación a realizarse por funcionarios de Migración.