SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 239/2000 - R
Fecha: 17-Mar-2000
1.
1. En su demanda de 6 de febrero de 2000, cursante a fojas 6, Eloy Tórrez Fernández expresa que se encuentra recluido en la Penitenciaría de San Pedro desde el 1 de febrero de 1996, como resultado de un proceso penal que se le sigue por delitos tipificados en la Ley 1008, sin que la sentencia dictada en su contra haya adquirido la calidad de cosa juzgada, ya que su proceso aún se encuentra en la Corte Superior del Distrito, ante la cual solicitó, en diciembre de 1999, se le conceda libertad provisional de acuerdo a lo dispuesto por el art. 17 inc. d) de la ley 1685, la cual le fue negada por Auto de 10 de enero del año en curso; por lo que interpone Recurso de Hábeas Corpus solicitando sea declarado procedente y se disponga su inmediata libertad.