Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 257/2000-R
Fecha: 22-Mar-2000
Procedencia
Que al declarar la Procedencia de la demanda en cuanto al Director de DIROVE y la Improcedencia del recurso respecto al Director de Tránsito, el Tribunal de Hábeas Corpus ha evaluado correctamente los antecedentes y ha aplicado con propiedad las disposiciones legales pertinentes; sin embargo dada las circunstancias del hecho y sus graves repercusiones en el ámbito del respeto y vigencia de los derechos y garantías de las personas, corresponde que las personas involucradas en tales hechos pero no demandadas, reciban la sanción correspondiente en las instituciones a las que pertenecen.