SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 268/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 268/2000 - R

Fecha: 24-Mar-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7 inc. 8 y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA  la Sentencia de fojas 80 a 83, respecto al Juez recurrido, Armando Pinilla Butrón y REVOCA la misma declarando PROCEDENTE el Recurso respecto al Fiscal co-recurrido, Sergio Céspedes; con la aclaración de que el Tribunal de Hábeas Corpus no tiene competencia para recibir la promesa jurada del recurrente, acto que corresponde al Juez competente, según el artículo 16 de la Ley Nº 1685.