Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 268/2000 - R
Fecha: 24-Mar-2000
procedente
3. La Sentencia de fojas 80 a 83 declara procedente el recurso respecto al Juez recurrido, en razón de que han transcurrido más de 40 días sin que el recurrente haya prestado la promesa jurada, e improcedente respecto al Fiscal co-recurrido, porque sus actos no son jurisdiccionales en el manejo del proceso; y dispone que el Tribunal de Hábeas Corpus reciba la promesa jurada de José Manuel Díaz y González, ordenando al Juez expida el correspondiente mandamiento de libertad.