SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 275/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 275/2000-R

Fecha: 27-Mar-2000

improcedente

Que concluida la audiencia y escuchado el requerimiento fiscal, se dicta la resolución cursante a fs. 10, que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que en el caso de autos, la Policía Técnica Judicial levantó diligencias a instancia de parte, las que posteriormente fueron remitidas al Juez competente, por lo que corresponde a esa autoridad jurisdiccional definir la situación del recurrente de acuerdo a procedimiento.