Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 296/00-R
Fecha: 03-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III ,120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA el fallo dictado a fs. 13 de 3 de marzo de 2000 dictado por el Juez Primero de Partido en lo Penal de Santa Cruz; debiendo el Juez de Hábeas Corpus aplicar el artículo 91-VI de la Ley Nº 1836.