SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 398/2000 - R
Fecha: 25-Abr-2000
1.
1. La recurrente, en su demanda de fs.1, aduce que su hermano Adán Rodríguez Caumol se encuentra detenido en celdas de la Policía Técnica Judicial por más de 48 horas, sin mandamiento de detención y sin que lo hayan remitido ante autoridad competente en el plazo establecido por Ley, en virtud de lo cual interpone Recurso de Hábeas Corpus solicitando sea declarado procedente y se disponga su inmediata libertad, con costas, daños y perjuicios.
1) De la Papeleta de Detención de fs. 38, se constata que el 19 de marzo del presente año a horas 01:30 a.m., personeros de la Policía Técnica Judicial de Guayaramerín detuvieron a Adán Rodríguez Caumol en el domicilio de Teresa Añez Vargas, quien denunció que aquél se encontraba en el mismo amenazándola de muerte para que retirara la denuncia formulada por el robo que sufrió en su Joyería, del cual el ahora recurrente es uno de los sospechosos.