SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 398/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 398/2000 - R

Fecha: 25-Abr-2000

2.

2.  De fojas 67 a 69  cursa el acta de la audiencia pública realizada el 27 de marzo de 2000, en la cual el abogado de la recurrente ratifica los términos de su demanda y los amplía alegando que Adán Rodríguez Caumol fue secuestrado en la República del Brasil por personas armadas y torturado, solicitando se investigue este aspecto. A su turno, el Director de la Policía Técnica Judicial  asevera que  a raíz de la denuncia formulada por Teresa Añez Vargas se iniciaron investigaciones para encontrar a los culpables del asalto a mano armada perpetrado en la joyería de propiedad de la indicada, señalándose al hermano de la recurrente como el autor material del mismo, por lo que se pretendió proceder a su detención en  Guajarámirim-Rondonia, Brasil, pero que no fue posible, habiéndolo efectivamente detenido en la casa de la denunciante, a la que había acudido a amenazar de muerte para que retire la denuncia sentada en contra suya; expresa que no se torturó al detenido y tampoco se violó sus derechos fundamentales; sostiene que no se puede poner en libertad a un delincuente de alta peligrosidad, por lo que pide se declare improcedente el Recurso.