Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 18/00
Fecha: 19-Abr-2000
se declare la inaplicabilidad de la norma legal impugnada...”
“Por todo lo expuesto -concluye el demandante- en representación de la Cámara Departamental de Hotelería de La Paz, que agrupa a todos los hoteleros de La Paz (Hoteles, Hostales y Alojamientos), interpongo el presente recurso contra tributos y otras cargas públicas contra la H. Alcaldía Municipal de La Paz por haber dictado la Ordenanza Municipal No. 172/98 (...)que aprueba el pago de Patentes y Tasas de la Gestión de 1998 por crear tasas y patentes al margen de las previsiones legales de la Constitución Política del Estado, Código Tributario y la Ley No. 843 (...) se declare la inaplicabilidad de la norma legal impugnada...”