Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 429/00-R
Fecha: 02-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y art. 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA el fallo de fs. 77-79 dictado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, debiendo la Corte de Amparo aplicar el art. 102-III de la Ley Nº 1836.