Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 483/00- R
Fecha: 22-May-2000
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso declara improcedente el Hábeas Corpus con el fundamento de que el expediente y los detenidos ya no se encuentran bajo la competencia de los demandados; sin embargo llama la atención a los recurridos por la demora y retraso en los plazos señalados para la elaboración de las diligencias de Policía Judicial.