Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA Constitucional N° 488/2000-r
Fecha: 22-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120- 7ª de la Constitución Política del Estado y 94 a 104 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución No. 13/00-SSAII de fojas 54, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, debiendo la autoridad recurrida reincorporar a la recurrente a su fuente de trabajo. La Corte de Amparo, en ejecución de sentencia, deberá aplicar el art. 102-II de la Ley Nº 1836.