Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 493/2000-R
Fecha: 22-May-2000
improcedente
Que concluida la audiencia la Jueza Séptima de Partido en lo Penal dicta la resolución cursante de fs. 38 a 41 que declara improcedente el recurso, con el argumento de que el delito de apropiación indebida por el que se encuentra procesada la recurrente tiene la pena mínima en abstracto de tres meses equivalente a noventa días, que es inferior a los ciento ochenta días exigidos por el art. 11-4) de la Ley Nº 1685, por lo que su petición no se enmarca a derecho.