Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 493/2000-R
Fecha: 22-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución venida en revisión y declara PROCEDENTE el Recurso, ordenando a la Jueza recurrida disponga la inmediata libertad de la recurrente, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en el art. 7 de la Ley Nº 1685. Asimismo, condena al recurrido al pago de daños y perjuicios que serán calificados por el Tribunal de Hábeas Corpus, de conformidad al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.