SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 506/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 506/2000-R

Fecha: 24-May-2000

amparo del art. 11-4)

3.  Que el primer recurso de Hábeas Corpus presentado por el recurrente contra la Jueza de la causa, originado en la negativa de ésta a concederle libertad provisional bajo Fianza Juratoria al amparo del art. 11-4) de la Ley Nº 1685 fue declarado improcedente y el Tribunal Constitucional mediante Sentencia Constitucional N° 283/00-R de 27 de marzo de 2000, aprobó dicha resolución con el fundamento de que la indicada norma no era aplicable al caso debido a que la pena mínima que merece el delito por el que se le juzga es de tres meses, por ende, inferior a los 180 días exigidos por el mencionado art. 11-4) de la Ley Nº 1685.