SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 520/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 520/00

Fecha: 30-May-2000

3.

3.  El Tribunal de Amparo, dicta Resolución declarando improcedente el recurso, con costas y multa de 1.500 Bs., fundando su decisión en el hecho de que la cláusula Octava del Contrato suscrito el 18 de diciembre de 1998, determina que en caso de divergencia, emergente de su aplicación, se acudirá en la vía conciliatoria a la Jurisdicción del Departamento Jurídico y en la vía conflictiva ante las Oficinas del Ministerio de Trabajo.