Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 436/2000 - R
Fecha: 10-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120.7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836, REVOCA la resolución venida en revisión y declara PROCEDENTE el Recurso de Hábeas Corpus, disponiendo que las autoridades recurridas concedan el beneficio de libertad provisional bajo Fianza Juratoria a favor del recurrente, y lo pongan en libertad una vez haya cumplido las formalidades establecidas por el art. 7 de la Ley N° 1685, debiendo el Tribunal de Hábeas Corpus aplicar el art. 91-VI de la Ley N° 1836.