Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 108/2000-CA
Fecha: 19-Jun-2000
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la atribución que le confiere el Art. 31-4 de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, APRUEBA el rechazo contenido en la Resolución de Fs. 24-25 del expediente, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia.