Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 536/00- R
Fecha: 01-Jun-2000
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso de acuerdo con el requerimiento Fiscal declara improcedente el Hábeas Corpus con los fundamentos siguientes: 1) Que, el recurrido no intervino en la aprehensión del recurrente; 2) Que, "no existe elemento de juicio básico que haga creíble lo afirmado por el recurrente; 3) Que, la presencia o no de su abogado no se puede definir por el Tribunal del Recurso, además de que se ha acreditado que estuvo asistido de su abogado y 4) Que, el recurrente no se encuentra detenido.