Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 558/2000-R
Fecha: 02-Jun-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso contra las autoridades judiciales demandadas e IMPROCEDENTE contra el Gobernador del Penal de San Pedro, debiendo dejarse en libertad al recurrente, siempre y cuando no se haya ejecutado el mandamiento expedido con anterioridad por la autoridad competente ya designada, que es la Jueza Cuarta de Partido en lo Penal de La Paz. Asimismo, se condena al pago de daños y perjuicios a los jueces recurridos en favor del demandante.