Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 573/00 - R
Fecha: 09-Jun-2000
2.
2. De fojas 16 a 19 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 16 de mayo de 2000, en la cual el abogado de los recurrentes ratifica los términos de su demanda y los amplía indicando que con la detención de los mismos se han conculcado los arts. 7-i), 9, 16 y 22 de la Constitución Política del Estado, reiterando su solicitud para que se declare procedente el Recurso.