SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 599/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 599/00-R

Fecha: 19-Jun-2000

improcedente

Que, finalizada la audiencia pública el Juez Segundo de Partido en lo Penal del Distrito de Cochabamba, de acuerdo con el requerimiento fiscal dicta sentencia declarando improcedente  el Recurso, con el fundamento de que la detención del recurrente es legal y que no era necesario notificar al recurrente conforme al art. 137 del Código de Procedimiento Civil, con el proveído “óigase al depositario...”, por cuanto éste ya había sido notificado con el proveído que ordenaba la exhibición y entrega de los bienes, bajo conminatoria de apremio.