Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 624/2000-R
Fecha: 28-Jun-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que pese a su legal notificación según se evidencia de la diligencia de fs. 80 vta., el recurrente no asistió a la audiencia de Amparo Constitucional, presumiéndose que consintió libremente los actos que acusó en su Recurso; en consecuencia, es de aplicación el art. 96 - 2) de la Ley Nº 1836.