Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 049/2000
Fecha: 24-Jul-2000
I.1
I.1 Que habiendo tomado conocimiento de que el Tribunal Constitucional mediante una Sentencia había dispuesto que la Corte Superior de Chuquisaca tramite el Recurso de Hábeas Corpus interpuesto en su contra, cuestionan la competencia de dicha Corte, pues la misma sólo nace de la Ley y “no puede surgir de una resolución de mera revisión de un Recurso Extraordinario de Hábeas Corpus”, más aún si el art. 89-II de la Ley No. 1836 establece en forma expresa que si la autoridad demandada fuera judicial, el Recurso deberá ser interpuesto ante un Juez de igual o mayor jerarquía.